BOLETÍN DE PRENSA DCS-CNC-40-2017 | La Descentralización de la competencia de Vialidad
Quito, 28 de agosto de 2017
La vialidad, por mandato constitucional es uno de los componentes del Régimen del Buen Vivir y es también una precondición obligatoria para el cumplimiento de los objetivos 3 y 6 del Plan Nacional de Buen Vivir.
En la Constitución de 2008 se determina que los GAD provinciales tienen la competencia exclusiva de planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas. Los GAD municipales y metropolitanos tienen la competencia exclusiva de planificar, construir y mantener la vialidad urbana. Finalmente, los GAD parroquiales rurales asumen la competencia de planificar y mantener, en coordinación con los gobiernos provinciales, la vialidad parroquial rural.
El 12 de diciembre de 2014, el CNC expidió la Resolución No. 0009-CNC-2014 para regular el ejercicio de la competencia para planificar, construir y mantener la vialidad, a favor de los GAD provinciales, metropolitanos, municipales y parroquias rurales.
Red vial nacional: Está integrada por la red vial estatal, red vial regional, red vial provincial y red vial cantonal urbana.
Red vial estatal: Conjunto de vías conformado por las troncales nacionales, que a su vez están integradas por los corredores arteriales y vías colectoras.
Red vial provincial: Conjunto de vías que, dentro de la circunscripción territorial de la provincia, cumplen con alguna de las siguientes características:
- Comunican las cabeceras cantonales entre sí.
- Comunican las cabeceras parroquiales rurales entre sí.
- Comunican las cabeceras parroquiales rurales con los diferentes asentamientos humanos, sean estos, comunidades o recintos vecinales.
Red vial cantonal urbana: Conjunto de vías que conforman el casco urbano de una cabecera cantonal y parroquial rural, y aquellas vías que, de conformidad con cada planificación municipal, estén ubicadas en sectores susceptibles de urbanizarse.
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