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Agua potable

En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y a las regulaciones emitidas por la Superintendencias de Protección de Datos Personales, comunicamos nuestra política de protección y tratamiento de los datos personales del Consejo Nacional de Competencias

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La Constitución de la República considera al agua como un sector estratégico, por lo que el Estado se reserva el derecho de su administración, control y gestión.
Así mismo, se establece como competencia exclusiva de los GAD municipales la prestación, entre otros, del servicio de agua potable. El COOTAD también proporciona información legal sobre el manejo de la competencia. El Art. 55 de Código reafirma que el municipio tiene como competencia exclusiva al agua potable; y, el Art. 137 menciona que la prestación del servicio público, en todas las fases ejecutará los municipios y darán cumplimiento a las regulaciones y políticas nacionales que establecen las autoridades correspondientes al recurso.

La política pública del agua en el Ecuador posee entre sus características diversas modalidades de gestión, pero sobre todo, en el marco normativo existente ya se delinean el esquema de competencias por niveles de gobierno para la gestión del líquido vital, siendo en los niveles locales de gobierno donde se encuentran los actores claves para la gestión de este líquido. Entre las diversas modalidades de gestión están la Gestión Directa, Gestión Delegada y Formas de mancomunamiento.

La información que puede contar con respecto a esta competencia es la siguiente:

Informes Técnicos

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Informe de la competencia de gestión de agua potable 2019

Boletines

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Julio 2020 Gestion del servicio de Agua Potable